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El IVA y los pequeños contribuyentes: lo que necesitás saber

Publicado el 28 de junio de 2026

El IVA y los pequeños contribuyentes: lo que necesitás saber

El IVA (Impuesto al Valor Agregado) es probablemente el impuesto más mencionado en Guatemala, pero también el más confundido cuando se trata de pequeños contribuyentes. “¿Cobro IVA o no cobro IVA?” “¿El 5% incluye el IVA?” “¿Mis facturas llevan IVA?” Estas son preguntas que recibimos constantemente.

En este artículo vamos a aclarar todas tus dudas sobre la relación entre el IVA y el régimen de pequeño contribuyente, con explicaciones simples y ejemplos prácticos.

¿Qué es el IVA?

El Impuesto al Valor Agregado (IVA) en Guatemala es un impuesto del 12% que se cobra sobre la venta de bienes y la prestación de servicios. Es el impuesto más importante del sistema tributario guatemalteco y representa una parte significativa de los ingresos del Estado.

En el régimen general, el IVA funciona así:

  • El vendedor cobra el 12% de IVA al comprador (IVA débito).
  • El vendedor pagó IVA al comprar sus insumos (IVA crédito).
  • La diferencia (débito - crédito) es lo que el vendedor paga a la SAT.

Este sistema de “créditos y débitos” es lo que hace al IVA un impuesto complejo. Pero para los pequeños contribuyentes, la cosa es mucho más simple.

¿Los pequeños contribuyentes cobran IVA?

No. Los pequeños contribuyentes no cobran el 12% de IVA por separado. En su lugar, pagan una tasa fija del 5% sobre sus ingresos brutos, que ya incluye la parte correspondiente al IVA.

Esto significa que:

  • Si vendés un producto por Q100, el cliente te paga Q100. No Q100 + Q12 de IVA.
  • De esos Q100, Q5 van para la SAT (tu impuesto del 5%).
  • Tu factura muestra Q100 como monto total, sin desglose de IVA.

Esta es una de las grandes ventajas del régimen de pequeño contribuyente: la simplicidad. No tenés que calcular IVA, no tenés que manejar créditos y débitos, y no tenés que hacer las conciliaciones mensuales de IVA que hacen los contribuyentes del régimen general.

¿Cómo aparece el IVA en las facturas de pequeño contribuyente?

Las facturas FEL de un pequeño contribuyente tienen una diferencia clave respecto a las del régimen general: no desglosan el IVA.

Factura de pequeño contribuyente:

Descripción: Servicio de diseño gráfico
Monto: Q1,000.00
Total: Q1,000.00

Factura de régimen general (para comparar):

Descripción: Servicio de diseño gráfico
Subtotal: Q892.86
IVA (12%): Q107.14
Total: Q1,000.00

En la factura de pequeño contribuyente, el monto es el monto total. No hay línea de IVA porque no lo cobrás por separado.

¿El 5% y el IVA son lo mismo?

No exactamente, pero están relacionados. El 5% que pagás como pequeño contribuyente es un impuesto simplificado que reemplaza al IVA y al ISR (Impuesto Sobre la Renta) que pagarías en el régimen general.

Pensalo así:

  • En el régimen general pagarías IVA (12%) + ISR (25% sobre utilidades o 5-7% sobre ingresos).
  • Como pequeño contribuyente, todo eso se simplifica en una sola tasa del 5%.

El 5% es más bajo, más simple, y te ahorra la complejidad de manejar dos impuestos diferentes con sus propias reglas.

¿Puedo deducir el IVA de mis compras como pequeño contribuyente?

No. Esta es una de las desventajas del régimen de pequeño contribuyente. Cuando comprás insumos para tu negocio y te cobran IVA (porque tu proveedor está en régimen general), ese IVA no lo podés deducir ni recuperar.

Ejemplo:

  • Comprás materiales por Q1,120 (Q1,000 + Q120 de IVA).
  • Esos Q120 de IVA que pagaste no los podés descontar de tus impuestos.
  • Cuando vendés el producto terminado por Q2,000, pagás 5% sobre los Q2,000 = Q100.
  • El IVA de Q120 que pagaste en la compra es un costo más de tu negocio.

En el régimen general, podrías descontar esos Q120 de IVA de tus débitos. Como pequeño contribuyente, no.

Para la mayoría de negocios pequeños donde los costos no son extremadamente altos, el 5% sigue siendo más conveniente que el régimen general. Pero si tus costos de insumos con IVA son muy elevados, vale la pena hacer las cuentas para ver si te conviene otro régimen.

¿Las facturas de pequeño contribuyente generan crédito fiscal?

No. Esta es otra implicación importante. Cuando le emitís una factura a un cliente que está en el régimen general, esa factura no le genera crédito fiscal de IVA.

¿Qué significa esto en la práctica? Que algunas empresas prefieren comprarle a proveedores del régimen general porque sus facturas sí les generan crédito fiscal, lo cual reduce su carga tributaria.

Si la mayoría de tus clientes son consumidores finales (personas individuales que no deducen IVA), esto no te afecta para nada. Pero si vendés principalmente a empresas, podría ser una desventaja competitiva.

IVA en situaciones especiales

Cuando le vendés a una empresa del régimen general

Si le vendés a una empresa que es agente de retención, esa empresa te va a retener el 5% de tu factura y lo pagará a la SAT en tu nombre. No te retienen el 12% de IVA porque vos no cobrás IVA, sino el 5% que corresponde a tu régimen.

Cuando comprás en el exterior (importaciones)

Si importás productos, tenés que pagar el IVA de importación (12%) en la aduana, además de los aranceles. Este IVA no es deducible como crédito fiscal para pequeños contribuyentes. Es simplemente un costo adicional.

Cuando vendés productos exentos

Algunos productos están exentos de IVA por ley (como ciertos alimentos básicos, medicamentos, etc.). Sin embargo, como pequeño contribuyente, la exención no cambia tu obligación: seguís pagando el 5% sobre tus ingresos brutos, independientemente de si el producto estaría exento de IVA en el régimen general.

Cuando prestás servicios al exterior (exportación de servicios)

Si prestás servicios a clientes fuera de Guatemala (por ejemplo, diseño web para un cliente en México), la exportación de servicios tiene un tratamiento especial. En el régimen general estaría exento de IVA, pero como pequeño contribuyente seguís con tu 5% sobre el ingreso.

¿Cuándo vale la pena cambiar a régimen general por el IVA?

Hay señales claras de que podrías beneficiarte del manejo de IVA en el régimen general:

  1. Tus compras con IVA son más del 40% de tus ventas. Si pagás mucho IVA en insumos, poder deducirlo te ahorraría dinero.

  2. Tus clientes principales son empresas que necesitan crédito fiscal y te presionan por facturas con IVA.

  3. Estás cerca del límite de ingresos y vas a tener que cambiar de régimen de todos modos.

  4. Tu margen de ganancia es muy bajo (menos del 20-30%) porque tus costos son altos.

Si ninguna de estas aplica, quedarte como pequeño contribuyente es casi siempre la mejor opción.

Preguntas frecuentes

¿Puedo agregar IVA a mis facturas como pequeño contribuyente?

No. Las facturas de pequeño contribuyente no deben desglosar IVA. Si le agregás IVA estarías cobrando de más y emitiendo facturas con formato incorrecto, lo cual puede generar problemas con la SAT.

¿Si mi proveedor me cobra IVA, puedo pedir que no me lo cobre?

No. Si tu proveedor está en el régimen general, está obligado a cobrar el 12% de IVA en sus facturas. El hecho de que vos seás pequeño contribuyente no cambia su obligación.

¿El 5% puede subir en el futuro?

La tasa del 5% está establecida por ley y solo puede cambiar si el Congreso de Guatemala aprueba una reforma. Históricamente la tasa ha sido estable, pero siempre existe la posibilidad de cambios legislativos.

¿Mis clientes pueden reclamarme IVA si soy pequeño contribuyente?

No. Tus clientes deben entender que al comprarle a un pequeño contribuyente no reciben crédito fiscal de IVA. Si un cliente insiste en recibir factura con IVA, no podés emitírsela. Tendría que buscar un proveedor en régimen general.


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