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Límite de ingresos para pequeños contribuyentes en 2026

Publicado el 25 de junio de 2026

Límite de ingresos para pequeños contribuyentes en 2026

Si sos pequeño contribuyente en Guatemala, hay un número que necesitás tener siempre presente: Q465,381.25 al año. Ese es el límite máximo de ingresos que podés tener y seguir en el régimen de pequeño contribuyente. Si lo superás, estás obligado a cambiar de régimen fiscal, lo cual tiene implicaciones importantes para tu negocio.

En este artículo te explicamos todo sobre este límite: de dónde sale, cómo calcularlo, qué pasa si te acercás, y cómo llevar el control para no llevarte sorpresas.

¿De dónde sale el límite de Q465,381.25?

Este monto fue establecido por el Decreto 31-2024, que entró en vigencia en abril de 2025. Antes de este decreto, el límite era de Q150,000 anuales, lo cual dejaba fuera a muchos negocios pequeños que facturaban más pero seguían siendo genuinamente “pequeños”.

La actualización a Q465,381.25 fue bien recibida porque amplió significativamente el rango de negocios que pueden beneficiarse del régimen simplificado del 5%.

Para ponerlo en perspectiva:

  • Q465,381.25 al año equivale a aproximadamente Q38,781.77 al mes.
  • Eso es alrededor de Q1,292.73 al día (contando 30 días por mes).

Si tu negocio factura menos de Q38,781 mensuales en promedio, estás dentro del límite.

¿Cómo se calcula el límite?

El cálculo es sobre ingresos brutos anuales, es decir, todo lo que facturás en el año fiscal (del 1 de enero al 31 de diciembre). Se cuentan todos los ingresos de tu actividad económica, sin restar gastos ni costos.

Lo que cuenta como ingreso:

  • Todas las facturas que emitiste.
  • Ventas en efectivo, tarjeta, transferencia, o cualquier medio de pago.
  • Servicios prestados.
  • Cualquier ingreso relacionado con la actividad económica registrada en tu RTU.

Lo que NO cuenta:

  • Préstamos que recibiste (no son ingresos).
  • Devoluciones o facturas anuladas.
  • Dinero de actividades no económicas (herencias, donaciones, etc.).

¿Qué pasa si me acerco al límite?

Si a mitad de año ya llevás facturado más de Q230,000 (la mitad del límite), es momento de empezar a prestar atención seria. No es para alarmarse, pero sí para planificar.

Estrategia de monitoreo:

  1. Llevá un registro mensual de tus ingresos. Sumá tus facturas cada mes y acumulá el total del año. Si usás FEL Simple, el bot puede darte este total con solo pedirlo.

  2. Hacé proyecciones. Si en los primeros 6 meses facturaste Q250,000, tu proyección anual es de Q500,000, que supera el límite. Empezá a prepararte.

  3. Consultá con un contador. Si ves que vas a superar el límite, un contador te puede orientar sobre las implicaciones del cambio de régimen y cuál te conviene.

Mes a mes: ¿cuánto podés facturar?

Si querés mantenerte dentro del límite distribuyendo tus ingresos uniformemente:

MesIngresos del mesAcumulado
EneroQ38,781Q38,781
FebreroQ38,781Q77,563
MarzoQ38,781Q116,344
AbrilQ38,781Q155,125
MayoQ38,781Q193,907
JunioQ38,781Q232,688
JulioQ38,781Q271,469
AgostoQ38,781Q310,251
SeptiembreQ38,781Q349,032
OctubreQ38,781Q387,813
NoviembreQ38,781Q426,595
DiciembreQ38,786Q465,381

Por supuesto, la realidad no es uniforme. Podés tener meses buenos y meses malos. Lo que importa es el total anual.

Errores comunes sobre el límite

Error 1: “El límite es mensual.” No. El límite de Q465,381.25 es anual. Podés facturar Q100,000 en un solo mes y Q10,000 en los demás, y mientras el total no supere Q465,381.25 en el año, estás bien.

Error 2: “Si supero el límite un mes, me cambian de régimen automáticamente.” No es automático. El cambio se evalúa sobre el acumulado anual. Sin embargo, si en cualquier punto del año tu acumulado supera el límite, debés iniciar el proceso de cambio de régimen.

Error 3: “Puedo dividir mis ingresos entre dos NITs para no superar el límite.” Esto es ilegal. Fragmentar ingresos para evadir el cambio de régimen es una forma de evasión fiscal que la SAT puede sancionar severamente.

Error 4: “Si no emito factura, no cuenta para el límite.” Legalmente, todos tus ingresos cuentan, hayas o no emitido factura. La SAT puede cruzar información bancaria y de terceros para determinar tus ingresos reales.

¿Qué pasa si superás el límite?

Si tus ingresos anuales superan Q465,381.25, estás obligado a:

  1. Cambiar de régimen fiscal dentro del mes siguiente al que superaste el límite.
  2. Inscribirte en el régimen general (sobre utilidades al 25% o sobre ingresos al 5-7%) o en el régimen optativo.
  3. Empezar a cobrar IVA del 12% por separado en tus facturas.
  4. Llevar contabilidad formal (libros contables, balance, etc.).
  5. Contratar un contador (ahora sí es prácticamente obligatorio).

El cambio de régimen implica más burocracia, más costos y más complejidad. Por eso es importante monitorearlo con anticipación.

Te damos más detalles sobre este escenario en nuestro artículo sobre qué pasa si superás el límite.

Cómo llevar el control de tus ingresos anuales

La clave para no llevarte sorpresas es tener un sistema que lleve el control por vos:

Opción manual: Una hoja de Excel o Google Sheets donde anotás el total de cada mes. Funciona, pero requiere disciplina.

Opción automática: Un sistema de facturación que registre automáticamente cada factura y te dé el acumulado. FEL Simple hace esto sin que tengás que hacer nada extra: cada factura que emitís por WhatsApp queda registrada, y podés consultar tu total acumulado en cualquier momento.

Señales de alerta: Configurá recordatorios cuando llegués al 50%, 75% y 90% del límite anual. Con FEL Simple, estos alertas las podés recibir directamente en WhatsApp.

Preguntas frecuentes

¿El límite de Q465,381.25 puede cambiar en el futuro?

Sí. El límite se establece por decreto y puede ser modificado por el Congreso. Históricamente ha ido aumentando (antes era Q150,000). Es posible que en el futuro se ajuste nuevamente, ya sea hacia arriba o hacia abajo.

¿El límite aplica por persona o por negocio?

Aplica por NIT. Si tenés un solo NIT para toda tu actividad económica, el límite es sobre el total de ingresos de ese NIT. Si tenés una empresa con personería jurídica separada, cada NIT tiene su propio límite.

¿Qué pasa si en un año supero el límite pero al siguiente no?

Una vez que cambiás de régimen, no podés regresar automáticamente al de pequeño contribuyente solo porque tus ingresos bajaron. Tenés que solicitar el cambio de vuelta ante la SAT y cumplir ciertos requisitos.

¿Cómo sé cuánto llevo acumulado en el año?

Podés verificarlo sumando tus declaraciones mensuales (formulario SAT-2046), consultando tus facturas emitidas en la Agencia Virtual SAT, o usando un sistema como FEL Simple que lleva el registro automáticamente.


¿Querés monitorear tus ingresos sin complicaciones? FEL Simple registra todas tus facturas automáticamente y te avisa cuando te acercás al límite.

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