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Las 7 obligaciones fiscales de todo emprendedor en Guatemala

Publicado el 30 de junio de 2026

Las 7 obligaciones fiscales de todo emprendedor en Guatemala

Emprender en Guatemala es emocionante. Tener tu propio negocio, ser tu propio jefe, construir algo desde cero. Pero entre la emoción de vender y atender clientes, hay una parte menos glamurosa que no podés ignorar: tus obligaciones fiscales.

La SAT no perdona el desconocimiento. “No sabía” no es excusa válida para evitar multas. Por eso, en este artículo te presentamos las 7 obligaciones fiscales que todo emprendedor guatemalteco debe cumplir, explicadas sin jerga contable y con consejos prácticos para que las cumplas sin dolor.

Obligación 1: Obtener tu NIT

El NIT (Número de Identificación Tributaria) es lo primero que necesitás para operar legalmente. Es tu identificación ante la SAT, como tu DPI pero para temas de impuestos.

¿Cómo obtenerlo? Te inscribís ante la SAT presencialmente en una agencia o en línea. Necesitás tu DPI y definir tu actividad económica. El trámite es gratuito.

¿Cuándo lo necesitás? Antes de hacer tu primera venta o prestar tu primer servicio. Idealmente, desde el momento en que decidís emprender.

Consecuencia de no tenerlo: Operar sin NIT es operar en la informalidad. No podés emitir facturas, no podés participar en licitaciones, y si la SAT te descubre, las multas pueden ser severas.

El NIT también te abre puertas: muchos clientes (especialmente empresas) solo le compran a proveedores con NIT porque necesitan factura para sus propias deducciones.

Obligación 2: Inscribirte en el régimen fiscal correcto

Al obtener tu NIT, debés elegir tu régimen fiscal. Para la mayoría de emprendedores que empiezan, el Régimen de Pequeño Contribuyente es la opción ideal:

  • Pagás solo el 5% de tus ingresos.
  • No necesitás contabilidad formal.
  • La declaración mensual es sencilla.
  • Aplica si tus ingresos no superan Q465,381.25 al año.

Elegir el régimen correcto desde el inicio te ahorra problemas después. Si no estás seguro, consultá con un contador o con la oficina de orientación al contribuyente de la SAT.

Obligación 3: Emitir facturas electrónicas FEL

Desde que Guatemala migró al sistema de Facturación Electrónica en Línea (FEL), todos los contribuyentes están obligados a emitir facturas electrónicas. Ya no se aceptan facturas en papel.

¿Qué implica esto?

  • Necesitás un certificador FEL acreditado (como FEL Simple, Digifact, Infile, etc.) o usar la APP FEL SAT.
  • Necesitás una firma electrónica (archivo .pfx).
  • Cada venta debe tener su factura correspondiente.

¿Cuándo debés emitir factura?

  • En cada venta de producto o servicio.
  • Aunque el cliente no la pida (pero especialmente si la pide).
  • Cuando recibís el pago o en el momento de la entrega del bien/servicio.

Consecuencia de no facturar: La SAT puede imponerte multas e incluso ordenar el cierre temporal de tu establecimiento. Además, ingresos sin factura pueden ser considerados evasión fiscal.

Con FEL Simple, emitir facturas es tan fácil como mandar un mensaje de WhatsApp. No hay excusa para no facturar.

Obligación 4: Declarar impuestos mensualmente

Como pequeño contribuyente, tenés que presentar tu declaración cada mes en Declaraguate usando el formulario SAT-2046. El proceso es:

  1. Sumás todo lo que vendiste en el mes.
  2. Calculás el 5%.
  3. Restás retenciones (si te hicieron).
  4. Presentás en Declaraguate y pagás en el banco.

Fecha límite: Último día hábil del mes siguiente al período que declarás.

Consecuencia de no declarar: Multa de Q50 por cada declaración omitida, más intereses por mora sobre el impuesto no pagado. Si acumulás varios meses sin declarar, el problema crece exponencialmente.

Tip: Poné una alarma mensual o usá FEL Simple, que te manda recordatorios antes de la fecha límite.

Obligación 5: Pagar tus impuestos a tiempo

Declarar y pagar son dos cosas diferentes. Podés presentar tu declaración pero si no pagás, seguís en deuda con la SAT.

¿Dónde pagar?

  • Banca en línea (la mayoría de bancos en Guatemala lo permiten).
  • Ventanilla de banco con el boleto de pago de Declaraguate.
  • Agentes bancarios autorizados.

Consecuencia de no pagar: Intereses por mora que se acumulan diariamente sobre el monto no pagado. Cuanto más te tardés, más debés.

Tip práctico: Separá el 5% de cada venta en una cuenta aparte o en un sobre. Así, cuando llegue la fecha de pago, el dinero ya está disponible y no tenés que sacarlo de tu capital de trabajo.

Obligación 6: Mantener tu RTU actualizado

Tu Registro Tributario Unificado (RTU) contiene toda tu información fiscal: nombre, dirección, actividad económica, régimen, etc. Cuando algo cambia, tenés que actualizarlo.

Debés actualizar tu RTU cuando:

  • Te mudás de dirección.
  • Cambiás de actividad económica.
  • Abrís o cerrás un establecimiento.
  • Cambiás de régimen fiscal.
  • Actualizás tus datos de contacto.

Plazo: 30 días después del cambio.

Consecuencia de no actualizar: Multas por no comunicar cambios. Además, podés perderte notificaciones importantes de la SAT si tu dirección está desactualizada.

¿Dónde actualizarlo? En la Agencia Virtual SAT (agenciaVirtual.sat.gob.gt) para la mayoría de cambios, o presencialmente en una agencia SAT para casos especiales.

Obligación 7: Guardar documentación de respaldo

La SAT puede auditarte en cualquier momento (aunque estadísticamente es poco probable para negocios muy pequeños). Cuando lo hace, te va a pedir documentación que respalde tus declaraciones.

¿Qué debés guardar?

  • Copia de tus facturas emitidas (PDFs o XMLs).
  • Constancias de retención que te hayan dado.
  • Comprobantes de pago de tus declaraciones.
  • Constancias de declaración de Declaraguate.
  • Facturas de tus gastos de negocio (aunque no los deduzcás como pequeño contribuyente, es buena práctica).

¿Por cuánto tiempo? La ley establece un plazo de prescripción de 4 años. Eso significa que la SAT puede revisar tus últimos 4 años de actividad. Guardá tu documentación al menos por ese período.

Tip: Guardá todo digital. Un folder en Google Drive o en tu celular con las fotos de los documentos es suficiente. FEL Simple guarda automáticamente todas tus facturas en la nube, así que si usás el servicio, una parte ya está cubierta.

Bonus: obligaciones que NO tenés como pequeño contribuyente

Para que no te asustés más de la cuenta, estas son cosas que no te corresponden como pequeño contribuyente:

  • No necesitás llevar contabilidad formal (libros contables, balance, etc.).
  • No necesitás presentar declaración anual de ISR.
  • No necesitás cobrar IVA por separado.
  • No necesitás contratar contador obligatoriamente.
  • No necesitás presentar estados financieros ante la SAT.

Esto hace que el régimen de pequeño contribuyente sea el más amigable para emprendedores. Las 7 obligaciones que listamos son manejables, especialmente si usás herramientas que te simplifican el proceso.

El costo de cumplir vs el costo de no cumplir

Pongamos los números en la mesa:

Costo de cumplir (con FEL Simple):

  • Plan Emprendedor: Q49/mes = Q588/año.
  • Tiempo de declaración: ~2 horas/año (10 min/mes).
  • Multas: Q0.

Costo de no cumplir (un año sin facturar ni declarar):

  • Multas por 12 declaraciones omitidas: Q600+.
  • Intereses por mora: variable.
  • Riesgo de cierre temporal: incalculable.
  • Estrés de regularizarte: considerable.
  • Posible auditoría: costosa en tiempo y dinero.

Cumplir cuesta menos de Q600 al año con la herramienta correcta. No cumplir puede costarte muchas veces más.

Preguntas frecuentes

¿Puedo empezar a vender antes de tener mi NIT?

Técnicamente no deberías. Vender sin NIT es operar informalmente. Sin embargo, la realidad es que muchos emprendedores empiezan a vender y después se formalizan. Lo recomendable es obtener tu NIT lo antes posible, idealmente antes de tu primera venta.

¿Qué pasa si soy empleado y además tengo un negocio por mi cuenta?

Podés ser empleado (con retención de ISR por tu patrono) y además ser pequeño contribuyente por tu negocio independiente. Son dos actividades fiscales separadas. Tu negocio independiente tributa por su cuenta con el 5%.

¿Necesito permiso de la municipalidad además de la SAT?

Sí. Además de tus obligaciones con la SAT, la mayoría de municipalidades requieren una patente de comercio y/o licencia municipal para operar. Consultá con tu municipalidad local.

¿Puedo ser pequeño contribuyente si vendo por redes sociales?

Sí. No importa si vendés en un local físico, en redes sociales, por marketplace, o a domicilio. Lo que determina tu régimen es el monto de tus ingresos y tu inscripción ante la SAT, no el canal de venta.


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